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FORMACIÓN EN CENTROS. OBJETIVOS
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| Según se recoge en la orden de 9 de
junio de 1994 (DOGV 17/08/1994), la formación en centros se considera como una categoría
específica de actividades de formación permenente, a pesar de que en su
desarrollo pueden incluirse las modalidades de cursos, seminarios y grupos
de trabajo.
La formación en centros está regulada por una convocatoria específica de la Conselleria de Educación (convocatoria de formación en centros). En el documento "Modalidades de intervención en formación del porfesorado" se hace notar que esta modalidad formativa tiene un carácter colectivo, que se dirige por consiguiente, a un claustro o grupo de profesores/as; los objetivos que persigue esta modalidad son básicamente: 1.- Convenir y estructurar un marco común de trabajo en el equipo educativo del centro. 2.- Debatir asuntos concretos de acción educativa. 3.- Desarrollar el trabajo en equipo y aumentar el nivel de cooperación entre el profesorado del centro 4.- Tomar acuerdos que mejoren la acción educativa del centro y den coherencia a la práctica docente. En la última orden que regula la convocatoria, se apunta que los proyectos de formación en centros son un instrumento para atender las necesidades de formación de un equipo o grupo de profesores que imparten la docencia en un centro educativo, para mejorar la calidad de la enseñanza, tanto en relación con la actuación en el aula como en la gestión y coordinación pedagógica del centro docente. Las propuestas de formación, elaboradas por iniciativa del equipo docente, se harán explícitas en un proyecto común que tendrá que ser aceptado por el claustro y aprobado por el consejo escolar
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